Viernes, 11 de Mayo de 2001, 15:57hs
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Fuente: INVERTIA
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Finanzas Personales. El Seguro Social
El Seguro Social en EE.UU.: beneficios para sobrevivientes
El programa del Seguro Social,
mediante los beneficios de sobrevivientes, ofrece un soporte financiero a los familiares de un trabajador
al fallecer este. Al igual que en los
beneficios de retiro y
beneficios por incapacidad, para ser elegible a este seguro el trabajador
debe haber pagado los impuestos de Seguro Social y acumulado suficientes
créditos durante su tiempo laboral.
El número de créditos que un trabajador necesita para obtener beneficios para
sus sobrevivientes depende de la edad del trabajador al momento de fallecer. Mientras más joven sea la persona, menores son los créditos necesarios para ser elegible al beneficio de sobrevivientes. La tabla siguiente indica
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Fallecimiento a la edad de |
Créditos
necesarios |
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Menores de 28 |
6 Créditos |
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30 |
8 |
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32 |
10 |
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34 |
12 |
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36 |
14 |
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38 |
16 |
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40 |
18 |
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42 |
20 |
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44 |
22 |
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46 |
24 |
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48 |
26 |
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50 |
28 |
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52 |
30 |
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54 |
32 |
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56 |
34 |
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58 |
36 |
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60 |
38 |
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Mayores de 62 |
40 |
Aunque el trabajador fallecido no haya acumulado los créditos necesarios según la tabla anterior,
bajo una regla especial, podrán pagarse los beneficios a sus hijos y al cónyuge
que cuida de ellos, si el trabajador tiene créditos por un año y medio de trabajo, acumulados en los tres años precedentes a su muerte.
¿Quiénes pueden recibir los beneficios de sobrevivientes?
Los beneficios podrán ser pagados al viudo(a), hijos y padres del trabajador fallecido. En algunos casos, hasta el ex-cónyuge podrá recibir
beneficios.
¿Cuanto puede recibir cada beneficiario?
La cantidad de beneficios depende del promedio de ganancias del trabajador durante su vida laboral; y el monto que los sobrevivientes reciben es un porcentaje de los beneficios básicos del familiar fallecido. Así, las situaciones comunes son:
- Viudo(a) a la edad completa de retiro (65 años en la actualidad) o más, recibirá el 100% del monto equivalente a los beneficios de retiro del
trabajador.
- Viudo(a) entre 60 y 64 años, recibirá de un 71.5% al 94%. Cada año que el cónyuge sobreviviente retrase el reclamo de los beneficios después de los 60 años, los beneficios incrementaran aproximadamente un 5.7% anual hasta llegar a la totalidad de los beneficios a la edad completa de
retiro.
- Viudo(a) de cualquier edad con un hijo menor de 16 años, recibirá un 75%.
- Hijos solteros menores de 18 años, o menores de 19 años si asisten a la escuela secundaria a tiempo completo, recibirán un 75%. En el caso de hijos incapacitados para trabajar hasta los 22
años.
- Padres sobrevivientes mayores de 62 años, dependientes de por lo menos el 50% de soporte financiero, recibirán un 75%. Para ambos padres sobrevivientes el total de beneficios será de un 82.5%.
Un punto importante que se debe resaltar es que el monto de los beneficios
pagaderos mensualmente a los familiares sobrevivientes
tiene un límite. El límite varía entre 150% a un 180% de los beneficios de retiro que le corresponderían al trabajador
fallecido. Es decir, si el trabajador estuviera vivo y retirado y le
corresponderían 100 dólares mensuales (un ejemplo), los beneficios a
repartirse entre todos sus beneficiarios sería entre 150 y 180 dólares al mes.
En caso de que la suma de los beneficios que le correpondan a todos los
sobrevivientes sea mayor a este límite (de 180 dólares en nuestro ejemplo)
entonces, los beneficiarios recibirán un menor monto cada uno, reduciendose
proporcionalmente.
El cónyuge sobreviviente puede calificar para el beneficio si estuvo casado(a) durante por lo menos nueve meses antes del fallecimiento del trabajador.
Este requisito no tiene efecto si la muerte del asegurado fue a causa de un accidente, o ocurrió en el ejercicio de su deber como miembro de un servicio uniformado. Otra excepción a esta regla se da si el viudo(a) estuvo casado(a) previamente con el asegurado, y el anterior matrimonio duró nueve meses.
Si el viudo(a) se vuelve a casar antes de cumplir 60 años (50 años si está incapacitado) no podrá recibir los beneficios como cónyuge sobreviviente. El contraer nuevas nupcias no afecta los beneficios que son pagados a los hijos menores.
El cónyuge sobreviviente que recibe los beneficios podrá cambiarlos a sus propios beneficios de retiro, asumiendo que es elegible y que el monto a percibir sea mayor. En muchos casos, el viudo(a) empieza a recibir un beneficio a una tasa reducida para luego cambiarlo a uno mayor cuando llega a la edad completa de retiro.
Además de los beneficios mensuales, el Seguro Social otorga un pago único de $ 255 al cónyuge sobreviviente si estaba viviendo con el trabajador fallecido al momento de su muerte, o al viudo(a) o hijos menores elegibles del beneficio.
Los beneficios de sobrevivientes del Seguro Social te ofrecen un suplemento de ingresos
para tus dependientes que podrás sumar a los beneficios que hayas establecido
en tu seguro de vida,
ya que por sí solos son una fuente limitada de ingresos.
¿Deseas saber más sobre el Seguro Social?, visita los artículos de Invertia Seguro Social y elegibilidad, beneficios de retiro y beneficios por incapacidad.