Miércoles, 4 de Abril de 2001, 17:35hs
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Fuente: INVERTIA
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Finanzas Personales. Seguro Social
Beneficios del Seguro Social por incapacidad física
Dentro del programa de protección de ingresos ofrecido por el
Seguro Social encontrarás el beneficio por incapacidad. Pero a diferencia de otros seguros privados,
su cobertura es muy estricta y no aplica a una incapacidad de corto plazo.
¿Qué es incapacidad para el Seguro Social?
La Administración del Seguro Social (SSA) define estrictamente la incapacidad como
"el impedimento de realizar cualquier actividad que genere ingresos considerables debido a
deterioro físico o mental médicamente determinables, que:
- Haya durado o, se espera que pueda durar por un período continuo no menor de 12
meses; o
- Pueda resultar en la muerte.
La incapacidad de un trabajador es determinada por la SSA a través de un procedimiento llevado por pasos, el cual consiste de cinco
preguntas:
- ¿Te encuentras trabajando? Para que la SSA considere tu reclamo no deberás estar trabajando
(luego de quedar inhabiliatado) o ganando en promedio más de $ 740 al mes.
- ¿Es ?severa? tu condición? La condición física o mental que padeces te debe impedir realizar actividades de
trabajo.
- ¿Tu condición se encuentra en la lista de impedimentos que incapacitan? La SSA mantiene un listado de impedimentos tan severos que si los tienes automáticamente te califican como incapacitado. Si tu condición no aparece en la lista, la SSA determinará si es igual de severo que un impedimento en la lista. Si lo es, determinarán que estás incapacitado; y si no, procederán con el próximo
paso.
- ¿Puedes hacer el trabajo que hacías antes? Si tu impedimento no califica de severo como los establecidos en la lista, se determinará si te inhabilita para realizar el trabajo que hacías antes. Si no lo impide, tu reclamo será denegado. Si te inhabilita, procederán con el siguiente
paso.
- ¿Puedes hacer cualquier otro tipo de trabajo? Al no poder realizar el trabajo que hacías antes, la SSA determinará si puedes hacer otro, para ello tomarán en cuenta tu edad, educación, experiencias de trabajos previos y las habilidades que tengas. Si no puedes hacer otro tipo de trabajo tu solicitud será aprobada, de lo contrario será
denegada.
¿Quién es elegible?
Los beneficios de incapacidad son pagados al trabajador y sus familiares cuando el trabajador ha acumulado suficientes créditos para calificar. No existe el requerimiento de una edad mínima;
el trabajador habrá tenido que trabajar y haber pagado los impuestos del Seguro Social por un número de años según su edad.
Algunos de los impuestos debieron ser pagados en los años recientes. Así podrán
calificar:
- Menores de 24 años si tienen 6 créditos ganados dentro del período de 3 años que termina cuando la incapacidad
empieza.
- Trabajadores entre los 24 y los 31 años si tienen créditos por haber trabajado la mitad del tiempo entre los 21 años y el momento en que quedaron incapacitados. Por ejemplo, si se incapacitan a los 29 años, necesitarán créditos por 4 años de trabajo (16 créditos) en los últimos 8 años (entre las edades de 21 y 29).
- Trabajadores de 31 años o más, deberán tener acumulados el número de créditos que aparecen en la siguiente tabla. Con la excepción de que la incapacidad sea por ceguera, al menos 20 de los créditos deben haber sido ganados dentro de los 10 años precedentes a la incapacitación.
| Incapacitado a la edad de: |
Créditos necesarios |
| 31 hasta 42 |
20 |
| 44 |
22 |
| 46 |
24 |
| 48 |
26 |
| 50 |
28 |
| 52 |
30 |
| 54 |
32 |
| 56 |
34 |
| 58 |
36 |
| 60 |
38 |
| 62 o más |
40 |
Tu elegibilidad para recibir los beneficios de incapacidad no se ve afectada por pagos de otros seguro privados que puedas tener, pero si la fuente del pago es otro programa público de incapacidad o un seguro de compensación laboral
(workers compensation) los beneficios del Seguro Social pueden ser reducidos.
Beneficios
Podrás recibir los beneficios de incapacidad, siempre y cuando mantengas las condiciones que le dieron origen, hasta que cumplas la edad completa de retiro, en la cual dichos beneficios se convierten en beneficios de retiro, pero la cantidad que recibes permanecerá igual.
Otros miembros de tu familia también pueden calificar para recibir beneficios bajo tu registro, ellos son:
- Tu cónyuge de 62 años o más, o de cualquier edad si tiene el cuidado de tu hijo menor de 16 años o que esté incapacitado y reciba
beneficios.
- Tu viuda(o) incapacitada(o) de 50 años o más. Su incapacidad debe haber comenzado antes de tu muerte o dentro de los siete años después de la
misma.
- Tus hijos solteros menores de 18 años, o menores de 19 años si asisten a la escuela secundaria a tiempo
completo.
- Tus hijos solteros de 18 años o más, si tienen una incapacidad
que empezó antes de los 22 años. Ellos se consideran incapacitados si cumplen con la definición de incapacidad para
adultos.
Los beneficios por incapacidad cesarán si trabajas a un nivel ?sustancial?, es decir, si promedias ganancias de $ 740 o más mensuales y/o si tu condición médica mejora al punto que ya no padezcas del impedimento. Cualquiera que sea la circunstancia la SSA te otorgará un período de gracia de 3 meses.